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Domingo, 08 Diciembre 2024 10:45

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Miércoles, 22 Junio 2022 22:53

Dirección de Notarías

La Dirección de Notarias es un área dependiente de la Dirección General del Notariado de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado y tiene la atribución de vigilar el cumplimiento de la Ley del Notariado del Estado de Puebla y demás ordenamientos aplicables.
Realiza la supervisión notarial a través de visitas generales a los Notarios Públicos del Estado y constatar que sus actos se apeguen a las normas y disposiciones aplicables.
Es el área encargada de recibir y dar seguimiento a los procedimientos administrativos llevados en forma de juicio con motivo de las quejas presentadas por parte de la ciudadanía, en contra de los Notarios Públicos del Estado, por actos realizados en la prestación del servicio notarial contrarios a lo establecido en la Ley del Notariado del Estado de Puebla; debiendo realizar las investigaciones que procedan, a efecto de determinar si se finca o deslindan las responsabilidades administrativas a que haya lugar; realizar dentro del procedimiento las visitas extraordinarias correspondientes y, en su caso, substanciar el procedimiento a efecto de determinar que se hagan efectivas las sanciones que correspondan, según la gravedad y la naturaleza de la falta, en términos de lo establecido en la Ley del Notariado del Estado de Puebla y su Reglamento.

Miércoles, 22 Junio 2022 22:52

Dirección de Archivo de Notarías

La Dirección del Archivo de Notarías de la Dirección General del Notariado dependiente de la Consejería Jurídica del Estado de Puebla con sede en la capital del Estado.

Entre sus funciones está la guarda, custodia, conservación y reproducción de los documentos contenidos en los protocolos, apéndices y control de folios, así como de los sellos y demás documentos que en él se depositen.

  • El Archivo es público respecto de los documentos que lo integran con más de cincuenta años de antigüedad, y de ellos se expedirán copias certificadas a las personas que lo soliciten, previo pago de los derechos conforme a la Ley de Ingresos del Estado de Puebla del ejercicio fiscal correspondiente, exceptuando aquellos documentos sobre los que la Ley imponga limitación o prohibición.
  • El Archivo es privado tratándose de documentos que tengan una antigüedad igual o menor a cincuenta años, de los cuales a solicitud de persona que acredite tener interés jurídico, de Autoridades judiciales, ministeriales, administrativas o fiscales y las personas titulares de las Notarías, podrán expedirse los trámites que apliquen previo pago de los derechos conforme a la Ley de Ingresos del Estado de Puebla del ejercicio fiscal correspondiente.

A continuación te dejamos vínculos de los trámites que puedes realizar en esta Dirección:

Miércoles, 22 Junio 2022 17:42

¿Cómo puedo acreditar interés jurídico?

Conforme a lo establecido en la Ley del Notariado para el Estado de Puebla en el Artículo 274:

   "El Archivo es privado tratándose de documentos que tengan una antigüedad igual o menor a cincuenta años, de los cuales a solicitud de persona que acredite tener interés jurídico, de Autoridades judiciales, ministeriales, administrativas o fiscales y las personas titulares de las Notarías, podrán expedirse testimonios en su orden y testimonios para efectos de inscripción, copias simples, certificadas o copias certificadas electrónicas, previo pago de los derechos conforme a la Ley de Ingresos del Estado de Puebla del ejercicio fiscal correspondiente."

En ese sentido, las formas establecidas en el Reglamento de la Ley del Notariado para el Estado de Puebla en el Artículo 59, son las siguientes:

    "Cuando el solicitante no sea otorgante o compareciente del instrumento cuya reproducción solicita, deberá acreditar ser representante legal, apoderado, sucesor, causahabiente o beneficiario del acto o hecho contenido en el instrumento, con documentos originales, los cuales serán cotejados con el duplicado de copias simples que exhiba."

Por lo tanto, considera lo siguiente:

  • Cuando el peticionario de un testimonio y/o copia certificada sea el otorgante del acto solicitado y/o del mismo se desprenda su interés jurídico, solo acreditará su personalidad.
  • Cuando no sea compareciente ni otorgante del documento solicitado se aplicará lo mencionado en el Artículo 59 antes descrito.

De manera presencial en las instalaciones que guarda la Dirección de Archivo de Notarías

Los horarios de atención son: De lunes a viernes de 9:00 – 15:00 horas en días hábiles.

Nos ubicamos en: Calle 20 sur numero 902, Sótano, Colonia Azcarate.

Para una adecuada atención se recomienda agendar cita en línea para el trámite correspondiente y asistir el día agendado con tu cita impresa, solicitud elaborada y documentación complementaria.

Para ello puedes ingresar a los siguientes enlaces:

Agenda tu cita en línea

Consulta los pasos a seguir para tu trámite en Ventanilla Digital

 

Martes, 21 Junio 2022 23:00

Programa "Uniendo Sabiduría e Historia"

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Dirección General del Notariado